Cómo se llevará a cabo la desregulación del correo
Para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera electrónica, gratuita y declarativa. La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción. Dicha inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.