
Los datos corresponden a un informe elaborado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE) en donde detalla además que en cuanto a las compras al exterior, no se notaron grandes cambios.
Con la vuelta del paquete fiscal a Diputados, la actualización de los parámetros para la segunda mitad del año está en duda por los cambios que este propone al Monotributo: las opciones que baraja AFIP.
ECONOMIA26/06/2024El próximo lunes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrirá nuevamente la recategorización del Monotributo, correspondiente al segundo semestre del 2024.
Todos los adheridos al Régimen Simplificado del Pequeño Contribuyente cuyos ingresos superen o se encuentren por debajo de los topes dispuestos por AFIP, deberán hacer el trámite y, por supuesto, el paso a otra categoría impactará en el valor de la cuota a pagar.
Sin embargo, el destino y los tiempos del paquete fiscal en el Congreso generan incertidumbre respecto a las escalas que se aplicarán para realizar el recategorización, ya que estas no se actualizan desde el 1° de enero de este año.
Es que el proyecto del Gobierno, que promueve una amplia reforma del Régimen del Monotributo, volvió con cambios a Diputados desde el Senado, y debería obtener el visto bueno sin modificaciones para que los cambios no se sigan dilatando.
De aprobarse el paquete fiscal con las modificaciones propuestas, no solo se actualizarían las escalas, sino que cambiaría por completo su fórmula de cálculo: los montos de facturación aumentarían entre un 301 y un 401%, dependiendo de la categoría, mientras que las cuotas a pagar lo harían entre un 219% y un 425%.
Actualmente el Poder Ejecutivo tiene la potestad de actualizar cada seis meses las escalas del Régimen Simplificado, sin embargo, los altos niveles de inflación -un 71,9% acumulado en los primeros cinco meses del año- dejan muy por detrás los números en contraste con los ingresos, los cuales ya vienen actualizándose por debajo de la inflación en repetidas oportunidades.
Con el paquete fiscal, los montos se corregirían igualmente cada seis meses, pero siempre en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mismo período y no de forma azarosa por el Ejecutivo.
La última actualización de los valores de las escalas y de los aportes mensuales se aplicó el 1° de enero de este año con un 110,9% más y, ahora, el próximo lunes 1° de julio debería reabrir la recategorización.
Según marcó AFIP ante la consulta de El Cronista, en dicho momento correspondería aplicar una corrección de los montos de las escalas y cuotas para que la recategorización se realicé con valores actualizados, algo especialmente relevante considerando la alta inflación del primer semestre.
Sin embargo, desde la entidad están a la espera del paquete fiscal para definir una actualización de las escalas en línea con este. El problema surge por el timing del Congreso: recién este martes la Cámara baja comenzó a tratar en comisiones la Ley Bases y el paquete fiscal tras su paso por el Senado, por lo que resulta prácticamente inviable que este último ya haya sido aprobado para el próximo lunes 1° de julio.
Además, una vez aprobado el paquete fiscal -el cual puede trabarse en puntos claves como la reforma del Impuesto a las Ganancias, aunque se espera que los cambios en el Monotributo salgan sin problema- el presidente Javier Milei debe oficializar la normativa y ordenar a AFIP que reglamente sus detalles, por lo que los tiempos de espera se alargarían.
En este escenario, AFIP se encuentra a la expectativa y se desconoce si se aplicará una prórroga a la recategorización para adecuar las escalas cuando salga el paquete fiscal, si el Ejecutivo las actualizará libremente cuando corresponda o si se mantendrán las vigentes hoy en día, por lo que se aguardan definiciones.
De abrirse la recategorización del Monotributo el próximo lunes 1° de julio en base a las escalas vigentes actualmente, los montos máximos y cuotas a pagar de cada una de las categorías para conocer si es preciso tramitar el cambio o no serían los siguientes:
Categoría | Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive | Valor de la cuota mensual |
A | $ 2.108.288,01 | $ 12.128,39 |
B | $ 3.133.941,63 | $ 13.561,75 |
C | $ 4.387.518,23 | $ 15.241,42 |
D | $ 5.449.094,55 | $ 19.066,46 |
E | $ 6.416.528,72 | $ 24.526,43 |
F | $ 8.020.660,90 | $ 29.223,11 |
G | $ 9.624.793,05 | $ 33.439,61 |
H | $ 11.916.410,45 | $ 56.402,68 |
Categoría | Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024, inclusive | Valor de la cuota mensual |
I | $ 13.337.213,22 | $ 81.121,96 |
J | $ 15.285.088,04 | $ 93.619,47 |
K | $ 16.957.968,71 | $ 106,964,65 |
En contraste, si se aprueba el paquete fiscal y se actualizan los parámetros del Monotributo en base a este, primero que nada, se eliminaría la discriminación por categoría para las actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios y la venta de bienes.
Por ende, tal como señala el tributarista de SDC Asesores Tributarias, Sebastián Domínguez, con el paquete fiscal "todos los pequeños contribuyentes con actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios también podrán adherirse y/o mantenerse en el régimen si encuadran en los parámetros hasta la categoría K".
Categoría | Ingresos Brutos anuales desde el 1°de julio de 2024, inclusive |
A | $ 6.450.000 |
B | $ 9.450.000 |
C | $ 13.250.000 |
D | $ 16.450.000 |
E | $ 19.350.000 |
F | $ 24.250.000 |
G | $ 29.000.000 |
H | $ 44.000.000 |
I | $ 49.250.000 |
J | $ 56.400.000 |
K | $ 68.000.000 |
Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del Monotributo, es preciso tener en cuenta los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses
Luego, se debe cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.
No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de seis meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre seis meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización. El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.
Quienes deban realizar el trámite de recategorización por el aumento o la baja de los ingresos brutos podrán gestionar el cambio de la siguiente manera:
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