Seguro, sin aguinaldo y sin vínculo: así será el nuevo régimen laboral para repartidores

El proyecto de reforma laboral crea al "repartidor independiente", sin vínculo laboral ni derechos como vacaciones o aguinaldo. Plataformas deberán ofrecer seguro y capacitación.

ECONOMIA09/12/2025
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El proyecto de Reforma Laboral del Gobierno incorpora por primera vez un régimen específico para los repartidores que operan mediante plataformas como Rappi, Mercado Libre o Pedidos Ya. La iniciativa crea la figura del "repartidor independiente", una categoría que no implica relación laboral con las empresas tecnológicas y que redefine el vínculo como un contrato de servicios en un sector que creció aceleradamente en los últimos años.

El texto oficial aclara de manera enfática que se trata de una prestación de servicios independiente, cuyos términos podrán ser pactados libremente entre las partes. Para todo lo no previsto en la ley, regirá el Código Civil y Comercial, reforzando la idea de que el vínculo no está alcanzado por el derecho laboral. El repartidor deberá además inscribirse ante autoridades fiscales, cumplir con sus obligaciones tributarias y aportar directamente a la Seguridad Social y a la ARCA, sin acceso a beneficios laborales como vacaciones, aguinaldo o licencias.

Por sus tareas, el repartidor recibirá una "retribución dineraria" —no considerada remuneración— que el usuario abona a través de la plataforma. A su vez, las empresas deberán contratar un seguro de accidentes personales que cubra fallecimiento, incapacidad, gastos médicos y costos funerarios. El proyecto aclara que esta obligación no constituye indicio de relación laboral, incluso si se amplían las coberturas.

El régimen también impone obligaciones operativas a las plataformas: brindar información previa sobre cada pedido para que el repartidor pueda aceptar o rechazarlo, proveer contenidos sobre seguridad vial, facilitar el acceso a elementos de protección y financiar capacitaciones obligatorias sobre uso de la app, interacción con usuarios y prácticas de tránsito.

Entre los derechos reconocidos, el repartidor podrá conectarse cuando desee, trabajar en las jornadas que considere, aceptar o rechazar pedidos sin justificación y operar simultáneamente en distintas plataformas. También tendrá libertad para definir el modo en que presta el servicio, reforzando el carácter autónomo del vínculo que propone la reforma.

 

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