
Aguinaldo de junio 2026: quiénes lo cobran, cuándo se paga y cuánto te corresponde

Los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados cobrarán en junio la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. El beneficio equivale al 50% del mejor sueldo mensual bruto percibido durante el semestre y está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo.
El pago corresponde al período comprendido entre enero y junio. Mientras los empleados registrados y estatales deben cobrarlo antes de fin de mes, los jubilados y pensionados lo percibirán junto con sus haberes mensuales, según el calendario de la ANSES.
Quiénes cobran el aguinaldo y cuándo se paga
Tienen derecho a cobrar el aguinaldo:
- Trabajadores registrados del sector privado
- Empleados públicos nacionales, provinciales y municipales
- Personal de casas particulares
- Jubilados y pensionados
En cambio, no lo cobran los monotributistas, trabajadores autónomos ni quienes se desempeñan en la informalidad.
La primera cuota del aguinaldo debe abonarse hasta el martes 30 de junio de 2026. Sin embargo, la normativa contempla un plazo adicional de hasta cuatro días hábiles, por lo que el pago podría extenderse hasta el lunes 6 de julio.
Para el personal de casas particulares, el esquema es diferente: el SAC debe pagarse en la última jornada laboral de junio, sin posibilidad de prórroga.
Cómo calcular el aguinaldo
El cálculo del aguinaldo se realiza tomando el 50% del sueldo bruto más alto percibido entre enero y junio. Para eso se consideran todos los conceptos remunerativos, como:
- sueldo básico
- horas extras
- comisiones
- viáticos remunerativos
Quedan excluidos los conceptos no remunerativos, como algunos bonos o beneficios sociales.
Ejemplo de cálculo
- Mejor sueldo bruto del semestre: $1.000.000
- Medio aguinaldo: $500.000
Sobre ese monto se aplican los descuentos habituales:
- 11% de jubilación
- 3% de obra social
- 3% de PAMI
En total, las retenciones representan un 17%.
Qué pasa si no trabajé todo el semestre
Quienes no hayan trabajado los seis meses completos también tienen derecho a cobrar aguinaldo, pero de manera proporcional. Esto ocurre en casos de ingreso reciente, renuncia o despido.
La fórmula es la siguiente:
- (Mejor sueldo del semestre ÷ 2) ÷ 180 × días trabajados
Los 180 días son un valor de referencia, por lo que el cálculo puede variar levemente según la cantidad exacta de días del período trabajado.




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