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description: "La Comisión Nacional de Valores (CNV) puso a consulta pública de los actores del mercado la autorización automática para los fondos cerrados de crédito. Qué implican los"
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tags:
  - "CNV"
  - "Fondos Comunes de Inversión (FCI)"
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# FCIs cerrados: la CNV somete a consulta pública una norma que transformará el mercado

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La Comisión Nacional de Valores (CNV), como autoridad de aplicación de la Ley de Mercado de Capitales puso a consulta pública el régimen de autorización automática para los Fondos cerrados de crédito. Lo hizo mediante la Resolución General 1042/2024 publicado este jueves en el Boletín Oficial.

El objetivo es someter a consulta de todos los actores del mercado de capitales el régimen de autorización automática de oferta pública para Fondos Comunes de Inversión (FCI) Cerrados de Créditos, destinados exclusivamente a inversores calificados. Este régimen incluye requisitos específicos como el monto máximo de emisión de 7 millones de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y procedimientos simplificados para garantizar transparencia y protección a los inversores.

Los documentos de oferta pública **no serán revisados por la CNV,** pero deberán cumplir con los principios de equidad, transparencia y protección del público inversor. Además, **el régimen incluye obligaciones de información, como la publicación de estados contables y reportes trimestrales sobre el cobro de créditos.**

La normativa busca **agilizar y profundizar el mercado de capitales, garantizando integridad y transparencia,**sin renunciar al control y protección del ahorro público. Su implementación se realizará mediante el procedimiento de "Elaboración Participativa de Normas", fomentando el diálogo entre la CNV y los participantes del mercado.

## FCI Cerrados: cómo se efectuará la consulta pública de la CNV

Según la Resolución, se autoriza a las opiniones y/o propuestas que se realizarán a través del sitio web**www.argentina.gob.ar/cnv.**

Además ahí se encuentra un formulario como**modelo para ingresar las opiniones y/o propuestas.** El vencimiento es de 25 días hábiles para realizar las presentaciones y la vigencia de este decreto es de dos días será a partir del día siguiente al de su última publicación.

## Qué son los FCI cerrados

Los**FCI Cerrados se constituyen con una cantidad fija máxima de cuotapartes** que se emiten en la etapa de colocación y cuya cantidad no puede aumentar o disminuir en la medida que no se recibirán nuevas suscripciones ni solicitudes de rescates hasta la disolución del FCI cerrado de que se trate o hasta la finalización del plan de inversiones determinado en el su respectivo **reglamento de gestión** y/o prospecto de emisión.

En consecuencia, en el caso de los FCI cerrados**sólo se pueden suscribir cuotapartes al momento de la oferta inicial.** Luego de ese entonces y a lo largo de toda la vida del FCI, el público inversor únicamente podrá adquirir o vender cuotapartes en los mercados de valores.

En este sentido, las cuotapartes de los FCI cerrados**solo se podrán negociar en mercados institucionalizados organizados y autorizados por la CNV.**

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