---
canonical_url: "https://trendnoticias.com.ar/contenido/2508/cambian-los-subsidios-al-gas-millones-de-usuarios-pierden-el-descuento-y-hay-nue"
title: "Cambian los subsidios al gas: millones de usuarios pierden el descuento y hay nuevos requisitos"
article_type: "Article"
description: "El Gobierno oficializó la nueva Ley de Zonas Frías y millones de usuarios podrían dejar de recibir el beneficio automático. Qué municipios quedan alcanzados, quiénes seguirán subsidiados y por qué las boletas de gas podrían subir incluso en las zonas que conservan la ayuda."
main_image: "https://statics.eleconomista.com.ar/2026/10/crop/6ace1dfdd8815__420x280.webp"
date_published: "2026-10-13T09:06:00-03:00"
date_modified: "2026-10-13T09:08:02-03:00"
tags:
  - "Argentina"
  - "Economía"
  - "Gas"
  - "tarifas"
category_name: "ECONOMIA"
category_url: "https://trendnoticias.com.ar/categoria/3/economia"
---

# Cambian los subsidios al gas: millones de usuarios pierden el descuento y hay nuevos requisitos

![6ace1dfdd8815__420x280](https://statics.eleconomista.com.ar/2026/10/crop/6ace1dfdd8815__420x280.webp)

**Millones de hogares argentinos podrían enfrentar cambios en sus facturas de gas** tras la entrada en vigencia de la nueva **Ley de Zonas Frías**, que modifica los criterios para acceder a los descuentos y elimina el beneficio automático en buena parte de las localidades incorporadas al régimen en 2021. La reforma también cambia la forma de calcular las bonificaciones, por lo que podría impactar incluso sobre usuarios que mantengan el subsidio.

La medida quedó oficializada este martes mediante la publicación de la **Ley 27.828 en el Boletín Oficial**, luego de su aprobación en el Congreso el pasado 24 de septiembre. El nuevo esquema tendrá vigencia hasta el **31 de diciembre de 2031** y establece diferencias entre las regiones históricamente subsidiadas y aquellas que habían sido sumadas durante la ampliación del sistema.

## **Nueva Ley de Zonas Frías: quiénes mantienen el subsidio y quiénes lo pierden**

La modificación sustituye el artículo 75 de la Ley 25.565, que regula el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, y **restablece como beneficiarias permanentes a la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región de la Puna**.

En cambio, las localidades incorporadas mediante la ampliación de 2021 dejarán de recibir el descuento de manera generalizada. Según las estimaciones incluidas en la información sobre la reforma, **alrededor de 3,35 millones de usuarios perderían el acceso automático al beneficio a nivel nacional**, aunque algunos podrían conservar una bonificación adicional si cumplen los nuevos requisitos.

En la provincia de Buenos Aires, el cambio alcanza a **94 municipios**, entre ellos Bahía Blanca, Mar del Plata, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Tres Arroyos, Junín, Pergamino, Pilar, San Nicolás, San Pedro, Balcarce, Cañuelas, Chivilcoy y Coronel Suárez.

De esta manera, vivir en una localidad que anteriormente integraba el régimen ampliado ya no será suficiente para acceder al descuento. **Los hogares deberán acreditar determinadas condiciones económicas, sociales y climáticas** para continuar recibiendo asistencia.

## **Cuáles son los nuevos requisitos para acceder al subsidio de Zona Fría**

La nueva normativa establece que los usuarios de las zonas incorporadas en 2021 podrán solicitar una bonificación adicional siempre que estén inscriptos en el **Régimen de Subsidios Focalizados** y residan en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, definidas por la norma IRAM 11.603.

Además de cumplir esas condiciones generales, los hogares deberán reunir **al menos uno de los cuatro criterios socioeconómicos** establecidos por la ley.

El primero contempla a las familias cuyos **ingresos netos totales no superen el equivalente a tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2**, según los valores publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

También podrán acceder los hogares que cuenten con **un integrante que tenga Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP)** o con una persona que perciba una **pensión vitalicia como veterano de la Guerra del Atlántico Sur**.

El cuarto supuesto comprende a las familias con **algún integrante que posea Certificado Único de Discapacidad (CUD)**. En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar la necesidad de asistencia económica para afrontar el costo del servicio.

Por el momento, **la ley no establece cómo deberán inscribirse los usuarios ni qué documentación tendrán que presentar** para acreditar los requisitos. La definición del procedimiento quedará a cargo de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía.

## **Cómo se calculará el descuento y por qué podrían aumentar las facturas**

Uno de los cambios más importantes de la reforma está relacionado con **la base sobre la que se aplica el subsidio**, una modificación que podría afectar tanto a los nuevos beneficiarios como a quienes mantengan el régimen histórico.

Hasta ahora, la bonificación se calculaba sobre el importe total de la factura. Con la nueva ley, **el descuento se aplicará únicamente sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST)**, es decir, sobre el componente correspondiente al gas como producto.

Esto significa que **los cargos por transporte, distribución e impuestos quedarán fuera de la bonificación**. En consecuencia, aunque un usuario conserve el beneficio de Zona Fría, el descuento efectivo sobre el total de su factura podría ser menor que antes.

La modificación abre así un escenario de posibles aumentos en el monto final de las boletas, incluso para los hogares de la Patagonia, Malargüe y la Puna, donde seguirá vigente el beneficio histórico.

## **Cómo se financiará el nuevo régimen de subsidios al gas**

La reforma también redefine el financiamiento del **Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas**, que continuará sosteniéndose mediante un recargo aplicado sobre el precio del gas natural.

La ley establece un **recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte**, que alcanzará al consumo y la comercialización de gas por redes o ductos en todo el territorio nacional.

Sin embargo, quedarán exceptuados de ese pago **el gas destinado a exportación, incluido el gas natural licuado (GNL), y el GNL importado que ingrese al sistema luego de su regasificación**.

El Poder Ejecutivo tendrá la facultad de **aumentar o reducir el recargo hasta en un 50%**, mientras que los productores de gas actuarán como agentes de percepción y deberán transferir los fondos recaudados al fideicomiso.

Con este nuevo esquema, **el Gobierno busca focalizar la asistencia en los hogares que cumplan determinados criterios socioeconómicos y climáticos**, en lugar de mantener descuentos generalizados por ubicación geográfica. La reglamentación pendiente será determinante para conocer cómo deberán gestionar el beneficio los usuarios alcanzados y desde cuándo se reflejarán los cambios en sus facturas.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
